31/7/17

Juicio por jurados y corrupción

Por Argentina sin Juicios por Jurado
  
Iñaki Urdangarin (marido de la infanta Cristina de Borbón que fuera acusado de delitos de corrupción) y Francisco Camps (político español del Partido Popular absuelto por un jurado popular)

Algunos políticos y medios periodísticos han caído en la fácil tentación de proponer juicios por jurados para los delitos de corrupción. El razonamiento es más o menos el siguiente: ya que con los jueces letrados no hemos logrado demasiadas condenas, probemos con los jurados populares y tal vez la situación cambie.

Todos compartimos la enorme preocupación por los delitos de corrupción y, a la vez, a todos nos indigna que los pequeños ladrones acaben presos, mientras que los poderosos ladrones que defraudan al Estado en cifras astronómicas anden por la vida como grandes señores.

Pero el inconveniente, como siempre, no es tanto la identificación de cuál es el problema, sino dónde se encuentra. Y por eso, frecuentemente se equivoca la solución. El problema de los delitos de corrupción no se halla en el juicio oral, sino mucho antes, al momento de la investigación. Sea de forma deliberada o no, las causas de corrupción mueren sin llegar al debate oral.

La solución a este problema se debe buscar en la reestructuración de la justicia penal (aumentando cantidad de órganos judiciales, sobre todo en el fuero federal; creando órganos especializados en delitos de corrupción y despolitizando el nombramiento de los magistrados) y en la optimización de la persecución de los delitos (reduciendo los tiempos procesales; restringiendo las instancias recursivas; sancionando legalmente la imprescriptibilidad de los delitos de corrupción, etcétera).

En la medida en que no se reestructure la justicia penal ni se optimice la persecución de los delitos, las investigaciones se frustrarán y las causas por corrupción prescribirán, sin que se llegue a la etapa de juicio oral. De modo que ninguno de los problemas de la justicia penal a la hora de investigar y perseguir los delitos de corrupción pueden ser solucionados con el juicio por jurados.

Ahora bien, suponiendo que tengamos la fortuna de que alguna causa llegue a la etapa de debate, ¿el juicio por jurados traería algún beneficio? Indudablemente sí. ¡El juicio por jurados traería un enorme beneficio para el político corrupto! Por eso no es casual que entre estos políticos "se haya puesto de moda" pedir el juicio por jurados.

Ser juzgado por jurados es el sueño de todo político corrupto. ¿Por qué? Porque el juicio por jurados no es una justicia técnica en la cual los jurados brinden fundamentos de la condena o de la absolución, sino que es una justicia plebicitaria que condena por mayoría y sin explicar por qué.

Basta con que el político imputado (o el espacio político al que pertenezca) goce de la aprobación de un importante sector de la población para asegurarse la impunidad. No hay más que hacerse la siguiente pregunta: ese tercio de la población que vota por la ex presidente Cristina Fernández de Kirchner a pesar de las serias denuncias de corrupción que pesan en su contra, ¿la condenaría en un juicio penal?

Teniendo en cuenta que la mayoría necesaria para obtener la condena en un juicio por jurados conforme las legislaciones vigentes en las provincias de Buenos Aires y Neuquén es, según el caso, de 10 de los 12 jurados o de la unanimidad de los 12 jurados, al político le bastaría con captar la simpatía de un jurado o un par de jurados para asegurarse la impunidad.

Esto es lo que ocurrió en España con el polémico fallo en el proceso contra Francisco Camps, político perteneciente a las filas del Partido Popular de la Comunidad Valenciana acusado por corrupción, que fue absuelto por el jurado popular con un voto totalmente dividido (de 5 contra 4) a pesar de la abrumadora prueba existente en su contra.

Alguno dirá: al menos, cuando los políticos caigan en desgracia para la población, con el juicio por jurados se podrían obtener condenas. ¡Craso error! El juicio por jurados, en todas las provincias, ha sido legislado (y sigue siendo legislado) como un "derecho del imputado" (que por cierto no lo es, pero así se ha declarado en los fundamentos de las leyes y así se ha reglamentado en los códigos procesales). Y como tal, es el acusado —y sólo el acusado— quien elige (conforme a su estrategia) por quién será juzgado.

Ahora pensemos juntos: si al político corrupto no le conviniera el juicio por jurados… ¿lo elegiría? Yo creo que no: sin lugar a dudas escogería un tribunal letrado. Por el contrario, si le conviniera... ¿lo rechazaría? Obvio que no. Como se ve, el juicio por jurados para los delitos de corrupción sólo brindaría una herramienta más para que, con encuestas en la mano, el político corrupto escoja lo que le dé más chances de procurar su impunidad.

A lo dicho hay que agregar que, en todas las legislaciones procesales, el veredicto absolutorio del jurado es irrecurrible, no así el condenatorio. De modo que si el político corrupto logra convencer a uno o dos jurados de los doce, no hay modo alguno de que su absolución sea revisada. Pero si no le va bien y es condenado, puede acudir a órganos superiores —conformados por jueces letrados— solicitando que se revoque la condena.

El juicio por jurados es un sistema retrógrado y oscurantista que no brinda justicia racional sino lo que podríamos llamar “justicia emocional”. Su aplicación para el juzgamiento de los delitos comunes cada tanto produce resoluciones desopilantes, ya que la tendencia de los jurados no es la de juzgar los hechos, sino la mayor o menor simpatía que les producen las personas que han sido imputadas, los abogados de las partes o las víctimas del delito. Aplicado a los casos de corrupción, a nadie le quepa la menor duda de que rápidamente se convertirá en una herramienta más a favor de la impunidad.

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